El ABN AMRO Bank fue condenado por ser la “cabeza visible” del Fideicomiso LAVERC en el cual quedaron deudas de los usuarios que fueron clientes del Scotiabank Quilmes. El señor Héctor L. y su hijo Claudio L. consiguieron la revisión judicial de los intereses y cargos abusivos de los resúmenes de tarjetas de crédito y además una condena por daño moral.
Los usuarios demandantes
tenían
Estos usuarios estaban
informados como deudores en el VERAZ y pidieron explicación detallada al banco
del porque. Pero la entidad bancaria no mostró interés alguno en responderles y
solo se limitó a reclamar el cobro de las deudas e intereses. Los profesionales
bancarios jamás les explicaron a los usuarios demandantes el riesgo al que se exponían
sus depósitos como así tampoco el abuso en la constante capitalización de
intereses por una deuda que se negaban a aclarar.
En el fallo del Juez
Güerri se indica que el contrato de fideicomiso implica que todas las
contingencias derivadas de la adquisición de activos- tanto las beneficiosas
como las desventajosas- deben ser afrontadas por quienes recibieron esos
derechos, en este caso la entidad demandada. En otras palabras, la
explicación de los bancos de una supuesta imposibilidad de brindar información
era contraria a los derechos y obligaciones adquiridos.
En el veredicto se
estableció que la parte demandada no presentó ni detalles de los resúmenes de
cuenta e intereses facturados, ni periodo de financiación. Y se comprobó que
exceptuando los meses de Abril y Mayo de 2002, el Banco Scotiabank Quilmes
aplicó tasas de interés superiores en comparación a las tasas del Banco de la
Nación Argentina.
Finalmente se condenó al demandado a reducir los intereses por usura y declaró nulos los rubros de “resumen mensual” y cargo por “diferimiento de pago”. El banco fiduciario fue condenado a pagar la suma de $5.000 pesos a cada uno de los demandantes en concepto de daño moral, provocado por las irregularidades y categorización de morosos a las que fueron sometidos los usuarios.
Por: Mariana Kosodij
NOTA:
Más abajo puede descargar la Sentencia completa: