La demora del pronunciamiento de la Corte ya acumula cinco años. Las prepagas, mientras tanto, no detienen su programa de incrementos.
Sigue la indefinición en la pelea por frenar aumentos indiscriminados en las prepagas.
Pese a que el procurador general de
La postura de la asociación de consumidores se basa en el artículo 10 de la ley 23.928, que entre otros aspectos fija una prohibición que impide tanto la actualización como la indexación de valores.
De ahí que lo que puede destacarse en calidad de grave no reside sólo en los aumentos que apliquen las empresas, sino en el hecho de que se está incumpliendo sin discusiones una prohibición fijada por ley.
La norma establece claramente que queda descartada toda forma de “repotenciación de las deudas, impuestos, precios, o tarifas de los bienes, obras o servicios”. Y además destaca que carece de valor cualquier cláusula que resulte esgrimida con anterioridad al 1° de abril de 1991.
En su dictamen del año 2009, el Procurador admitió como “acción de clase” la demanda de la asociación de consumidores tomando como precedente un fallo de la misma Corte Suprema de Justicia.
Más acá en el tiempo, un fallo en segunda instancia sostuvo que el conflicto no estaba referido “al sistema público de salud, ni a las afiliaciones obligatorias, sino a una entidad privada regida por relaciones contractuales voluntarias”.
Y consideró, además, que si se admitía la acción colectiva de PADEC “la sentencia tendría efectos masivos sobre personas que ni siquiera han tomado conocimiento de que existe esta demanda”.
La falta de un pronunciamiento en esa dirección no debería sorprender en virtud de los habituales tiempos que rigen a las definiciones judiciales, pero la demora de más de cinco años que acumula el tema alimenta la preocupación.
En el medio se vienen dando nuevos aumentos en el segmento. De hecho, en agosto último Swiss Medical aplicó una suba de 15% a aquellos afiliados que, según la empresa, se encontraban abonados a planes bajo precios preferenciales.
El incremento de costos devenido de pagos a clínicas, sanatorios, y otros prestadores aparece como el argumento al que adhirió la firma para justificar los incrementos.
Mientras tanto, el reclamo de PADEC sigue sin un resultado categórico. Otra vez, la defensa del usuario contra prácticas corporativas abusivas aparece relegada en una lista de espera.
Por: Patricio Eleisegui