Prevención, asesoramiento y defensa del consumidor

¿La devolución se realiza en base a todas las compras?

La devolución del IVA en tarjetas de crédito, debe ser acreditada en el siguiente resumen del que se efectuó la compra.

Respecto a las devoluciones del IVA, ¿qué debe informar la entidad bancaria al usuario?

La Resolución 1486 de la AFIP, en su Art. 5° establece que las entidades emisoras deberán incluir, como mínimo, en el resumen de cuenta que emitan:  a) El monto total de los consumos realizados sujetos a retribución,  b) el período al que corresponden dichos consumos, y c) el importe efectivamente retribuido en cada mes calendario.

¿La devolución se realiza en base a todas las compras?

No todas las compras tienen devolución del IVA. Están exceptuados del régimen de retribución: Los cargos impuestos por la tarjeta de crédito y la entidad bancaria por el uso del plástico. Los servicios domiciliarios de gas, electricidad, agua, telefonía fija y celular.  Servicios de enseñanza privada; guarderías y jardines; asociaciones, fundaciones, entidades civiles y mutuales […]
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